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05 noviembre 2019

Federación Colombiana de Ajedrez: CARNETIZACION




RESOLUCN No. 037
(octubre 29 de 2019)

 Por la cual se establecen las tarifas de la licencia FIDE y el registro de torneos ante la FIDE para el año 2020.



El Órgano de Administración de la Federación Colombiana de Ajedrez, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resoluciones No. 067 de 2013 se establecieron los requisitos necesarios para la expedición de la Licencia Fide (carnetización) de deportistas, dirigentes, árbitros, miembros de comisiones, entrenadores, instructores y demás personal adscrito a las diferentes actividades de Fecodaz.

Que es necesaria la actualización de las tarifas para el pago de la licencia FIDE y/o la expedición del carné Fecodaz para deportistas y demás personal vinculado a Fecodaz.

Que, a la Federación Colombiana de Ajedrez, en el marco de su organización, le corresponde ordenar y reglamentar la debida identificación de todos sus afiliados

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO DE LA VIGENCIA Y COSTOS DE EXPEDICIÓN

1.1   De acuerdo con la Resolución 067 de 2013, a partir del 1 de enero de 2014 la nueva vigencia de la carnetización que expedirá la Federación Colombiana de Ajedrez es de cuatro (4) años, por lo cual se expedirán carnés sicos para los deportistas carnetizados que no hayan adquirido el carnet en sico, Licencia Fide para la vigencia 2020.



1.2   La actualización de la Licencia Fide y/o la expedición de carnés para nuevos afiliados tendrá un  costo  individual de  cuarenta mil pesos m/cte. ($40.000)  para  los cars  solicitados  y cancelados a partir del 29 de Octubre de 2019 y hasta el 15 de febrero del o 2020. Para los pagos posteriores a esta fecha el costo será de cincuenta y cinco mil pesos m/cte. ($55.000). El pago del carnet tiene vigencia hasta diciembre del año 2020.

Este valor deberá ser cancelado a la respectiva Liga a la cual pertenece el Club cuyo deportista este afiliado y consignado, por la Liga, en la cuenta de Fecodaz (Cuenta de Ahorros Bancolombia 04903614744). De este valor le corresponderán a cada Liga el 30% (del valor neto consignado) por sugestión.

1.3. El costo de la Licencia Fide y/o la expedición del carné para deportistas entre ocho y diez os, que cumplan la edad límite de 10 años en el 2020, será de veinte mil pesos m/cte. ($20.000).


PARÁGRAFO 1: De acuerdo a la Asamblea General Ordinaria de Ligas 2018 realizada el día 24 de marzo de 2018, se estableció que las reglas de la carnetización son puntuales exigiendo que cumplan con la ley del deporte, estar debidamente afiliado a un Club, el Club a la Liga y la Liga a la Federación, por este motivo se eliminan las multas que obligan a que los deportistas se carneticen y a cumplir con la reglamentación del deporte. Estas exigencias rigen a partir del 1 de enero de 2019.

PARÁGRAFO 2: Fecodaz no dará certificaciones ni avales a eventos nacionales o internacionales a jugadores u otras personas que no tengan el carné Fecodaz.


ARTÍCULO SEGUNDO: VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN N° 067 DE 2013

Se mantiene la vigencia de la resolución n° 067 de 2013 en los puntos que no sean modificados por la presente resolución, en temas como metodología de inscripción, obligatoriedad de uso del car, reportes de torneos al Elo Fide e Inscripción de torneos IRT a la Fide.

Se recuerdan algunos temas presentados en dicha resolución:

No   obligatoriedad   de   presentar   carné   Fecodaz   en   los   eventos nacionales:

Niños menores de 8 años
Escolares que participen en eventos Fecodaz por equipos
Adultos mayores de 65 os
Deportistas que ostenten el título de Gran Maestro Internacional (GM) o Gran
Maestra Internacional (WGM).

INSCRIPCIÓN DE TORNEOS IRT A LA FIDE: De acuerdo con regulaciones FIDE, los torneos IRT deben inscribirse con MÍNIMO 15 días de anticipación, para ITTs el mínimo será de 35 días.
Para torneos activos y Blitz el tiempo mínimo será de 8 días. Las ligas interesadas en realizar este tipo de eventos deben enviar sus solicitudes a Fecodaz (correo:  fecodaz@gmail.com  con copia al Coordinador Fecodaz del ELO: AI   JJ   Calle:    jotaky@hotmail.com),incluyendo   una consignación, como anticipo de pago del procesamiento del ELO y garana de seriedad, de doscientos mil pesos ($ 200.000) para torneos suizos clásicos y/o IRT con premiación mayor o igual de dos millones de pesos ($ 2000.000) y de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000) para torneos Round Robin clásicos y/o IRT con premiación menor de dos millones de pesos ($2000.000). Si el evento se realiza y el valor del proceso del ELO es menor, se hará la correspondiente devolución a la Liga.


ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los apartes de las resoluciones anteriores que le sean contrarias.


COMUNÍQUESE Y MPLASE



(Original Firmado)                                                                     (Original Firmado)
LUIS PERÉZ CARRILLO                                                  JULIO ERNESTO MEJIA G
Presidente                                                                               Secretario General