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08 marzo 2019

Federación Colombiana de Ajedrez


RESOLUCIÓN No. 006

(Marzo 01 de 2019)

Por la cual se suspenden algunas Ligas por incumplimiento de sus compromisos económicos con la Federación.

El  Órgano  de  Administración  de  la  Federación  Colombiana  de  Ajedrez,  en  uso  de  sus atribuciones legales y estatutarias, y,

CONSIDERANDO:

Que  de conformidad  con  los  estatutos de  la Federación  Colombiana  de  Ajedrez,  en    su Arculo 13 Suspensión de la Afiliación Los Afiliados podrán ser sancionados con la suspensión de sus derechos de afiliación por una o más de las siguientes causales: Por incumplimiento en el pago oportuno de sus compromisos económicos para con la Federación y vencimiento,  suspensión  o  cancelación,  del  reconocimiento  deportivo,  en  cuyos  casos  la sanción es automática y no requiere ser conocido por la Comisión Disciplinaria.”

Que mediante la Resolución No. 001 de enero 29 de 2019, en el artículo 3, se estableció el plazo hasta el corte del 28 de febrero de 2019 para cancelar los compromisos económicos por todo concepto al 31 de diciembre de 2018.

Que es deber del Órgano de Administración de la Federación Colombiana de Ajedrez, de conformidad con el artículo 48 de los estatutos, cumplir y hacer cumplir a los afiliados las disposiciones legales, estatutarias y reglamentarías.



RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO:
1.1 Al cierre contable del 31 de diciembre de 2018, las siguientes Ligas no cumplieron con sus compromisos por todo concepto con la Federación y no obstante ser su suspensión automática de acuerdo al artículo 13 de los estatutos, esta suspensión se hará efectiva a partir del 06 de marzo del presente año.

1.  Amazonas
2.  Arauca
3.  Atlántico
4.  Cesar
5.  Fuerzas Armadas
6.  Guajira
7.  Magdalena
8.  Meta
9.  Sucre


 

Federación Colombiana de Ajedrez


CIRCULAR No. 005 DE 2019 (Marzo 05 de 2019)



XXI JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES 2019



El Órgano de Administración de la Federación Colombiana de Ajedrez, se permite informar a las Ligas de Ajedrez y Deportistas lo siguiente:

Que de conformidad con la reglamentación de los XXI Juegos Deportivos Nacionales 2019, publicada en la gina oficial de Coldeportes (http://www.coldeportes.gov.co/coldeportes/quienes_somos/dependencias/direccion_ posicionamiento_liderazgo/91108) en el Artículo 5.2 Registro de lista larga: se efectuahasta las 24 horas del día 29 de marzo de 2019; en el deberá registrarse el nombre y la cantidad de atletas y oficiales que el departamento, Bogo D.C. y la Federación Deportiva Militar, considere como posibles elegibles para participar en los Juegos, con esto es necesario que cada Liga coordine con su respectivo INDER la inscripción de sus deportistas de su departamento antes de la fecha estipulada por Coldeportes.



LUIS PEREZ CARRILLO                                JULIO ERNESTO MEJIA
Presidente                                                        Secretario General