Dirección y Arbitraje de Torneos - Publicación Elo Nacional e Internacional - Seminarios - Cursos para Arbitros - Actualidad del Ajedrez - Torneos en desarrollo - Reglamentos - Actividades FECODAZ. AI. JOSE JESUS CALLE - MANIZALES - Colombia –

04 abril 2011

FECODAZ: Autorización supervisión y reporte Torneos FIDE


RESOLUCIÓN No. 027

(Marzo 30 2011)

Por la cual se autoriza la supervisión y el reporte a la Fide, de cuatro (4) Torneos Zonales, en el marco da la programación deportiva, para el 2011, establecida en la Resolución No. 093 de 2010 de Fecodaz.

El Órgano de Administración de la Federación Colombiana de Ajedrez, en uso de sus facultades legales, estatutarias y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución No. 048 de 2010, se establecieron las calidades y requisitos de los árbitros para actuar en las competencias oficiales de la Federación y demás torneos de carácter IRT, TAEI e ITT, que se realicen en el territorio nacional., en armonía con las regulaciones de la Fide, determinando en su artículo 2.1., que los torneos IRT, deben ser arbitrados por árbitros con titulo de la Fide

Que mediante la Resolución No. 093 de 2010, se programo y reglamento el calendario deportivo para el año 2011, estableciendo en su artículo 3.2. -Festivales de Menores, categorías sub.08 a sub-18, la división del país en cuatro (4 ) zonas geográficas.

Que las Ligas de Boyacá, Atlántico, Guajira y Santander, que apoyan a la Federación en la realización de algunos torneos zonales, han manifestado sus limitaciones económicas para cubrir todos los gastos que conllevan, como sedes de estos, debido a que además de organizar y llevar a cabo los torneos, deben asistir a los demás eventos de la zona, los cuales están programados casi simultáneamente, solicitando a la Federación su apoyo con el arbitraje.

Que la Federación en procura de llevar a cabo los torneos zonales asignados a las Ligas citadas, nombro Árbitros Nacionales de su registro, como Árbitros Principales de los torneos zonales correspondientes.

Que los Torneos Zonales por tener el carácter de IRT deben ser supervisados por un árbitro con titulo de la Fide, quien los reportara para efectos del Elo Internacional.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: Nombrar al Árbitro Internacional Julio Ernesto Mejía, como Supervisor de los Torneos Zonales, que se llevaran a efecto en las ciudades de Bucaramanga, Barranquilla y el municipio de Uribia, Cabo de la Vela, correspondientes a la Zona Norte y en la ciudad de Duitama de la Zona Centro.

ARTICULO SEGUNDO: Las demás competencias fijadas en la programación deportiva para el año 2011 y años subsiguientes, se ajustaran a lo determinado en la Resolución No. 048 de 2010 en cuanto al arbitraje se refiere.

ARTICULO TERCERO: Para los efectos del artículo anterior, los organizadores de los eventos, deben dar toda la prioridad posible en sus presupuestos, a los costos por concepto de juzgamiento, ya que este es fundamental en la realización y éxito de los torneos.

ARTICULO CUARTO: La presente Resolución, rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

(Original firmado)

LUIS PEREZ CARRILLO Presidente

JULIO ERNESTO MEJÍA G. Secretario General.