RESOLUCIÓN Nº 067
(Diciembre
15 de 2013)
Por medio de la cual se establecen los procedimientos de carnetización, aplicación de
la nueva Licencia FIDE para deportistas, árbitros y dirigentes y el reporte de los torneos a la
FIDE a partir del
1 de enero de 2014.
El Órgano de
Administración de la Federación Colombiana de Ajedrez, en uso de sus
atribuciones legales
y estatutarias y,
CONSIDERANDO:
Que mediante las resoluciones No. 057 de 2011, 007 y 050 de 2012 se establecieron los requisitos necesarios para la carnetización de deportistas, dirigentes, árbitros, miembros de
comisiones, entrenadores, instructores y
demás
personal adscrito
a las
diferentes actividades
de Fecodaz.
Que es
necesaria la actualización de los procedimientos requeridos para la expedición de la carnetización y la aplicación de
la nueva Licencia
de la
FIDE para deportistas y árbitros.
Que a la Federación Colombiana de
Ajedrez, en el marco de su organización, le corresponde
ordenar y reglamentar la debida identificación de
todos
sus
afiliados, además de los
procedimientos para la inscripción y reporte de torneos a
la FIDE
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DE
LA VIGENCIA Y COSTOS
DE EXPEDICIÓN
1.1. El pago de la licencia será anual y
la
nueva vigencia de la
carnetización que expedirá la Federación Colombiana de Ajedrez será de cuatro (4) años, a partir del 1 de enero de 2014.
Para los dirigentes
será solo
por el tiempo faltante
para
su mandato.
1.2. La Licencia anual tendrá un costo individual de veinticuatro mil pesos ($ 24.000), para los
pagos realizados hasta el 31 de Enero
de 2014. Este valor deberá ser cancelado a la respectiva liga a la cual
pertenece el club cuyo deportista este afiliado y
por la Liga, antes del
plazo fijado, en la cuenta de Fecodaz (Cuenta de
Ahorros Bancolombia 04903614744). De
este valor le corresponderán a cada Liga el
30%
por su gestión.
1.3 A partir del 1 de Febrero del 2014, el costo de la Licencia anual será de treinta y seis mil pesos ($36.000)
1.4
La licencia anual para deportistas que
cumplan su edad de 10
años en el 2014, será de doce
mil
pesos ($12.000).
1.5 Los jugadores extranjeros que no tengan la licencia de su respectivo país y no estén nacionalizados en Colombia, podrán cancelar 60 euros más 10 euros de
gastos administrativos por una Licencia
FIDE sin
país, la cual será
solamente válida hasta
el siguiente 1° de
Julio.
Parágrafo 1: Para estimular la participación en el calendario Fecodaz
de deportistas que no
se acojan a los
puntos anteriores con la
solicitud del
carné, se permitirá la inscripción en eventos
IRT locales u
Open sin el carné Fecodaz, con un sobrecosto en la
inscripción de doce mil pesos ($12.000), para torneos
clásicos y de seis mil pesos ($ 6.000) para Activos y Blitz,
valores que irán al fondo de la Federación y cuyo cobro será responsabilidad de la Liga respectiva.
Parágrafo 2: Fecodaz no dará certificados ni
avales a eventos nacionales o internacionales a
deportistas u otros
personas que no tengan la licencia
FIDE.
ARTICULO SEGUNDO: METODOLOGÍA DE
INSCRIPCIÓN
2.1. Cada Liga solicitará a la Federación la expedición de los carnés
de los afiliados de su
registro, enviando comunicación electrónica al
email de Fecodaz (Fecodaz@gmail.com) anexando listado detallado de las personas y copia de la consignación respectiva en la cuenta de Fecodaz
(NO SE EXPEDIRÁN CARNÉS SOLICITADOS POR PERSONAS
Ó ENTIDADES DIFERENTES A LAS
LIGAS.
2.2
La Licencia tendrá la siguiente información básica, que será suministrada
por
cada Liga en el formato oficial
entregado por Fecodaz:
- Nombre y logo de Fecodaz
- Fotografía
del afiliado (3x4 cm, en fondo azul)
- Nombres y apellidos completos del afiliado y calidad del mismo (cargo o título)
- Nombre del
Club, el cual debe tener personería vigente y estar afiliado a la Liga de su
región.
- Documento de identificación del afiliado y grupo sanguíneo (factor RH).
- Especificación del cargo dentro de la organización ajedrecística: deportista, dirigente
de club, liga o federación y/o de la respectiva comisión y/o de la calidad de árbitro.( AAN, AN, AF, AI.)
2.3 Fecodaz
recibirá la información de cada Liga y la incluirá en la base
de datos nacional que se deberá consultar en la página
Web de Fecodaz, previo al inicio de cada torneo, para
confirmar que deportistas pueden o no
participar
en un torneo oficial Fecodaz. Jugador que
no aparezca en la base de datos (o que no presente su carné de afiliado) no podrá
participar en ningún torneo oficial. DURANTE EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN
A UN TORNEO
NO
SE RECIBIRÁN AFILIACIONES.
PARÁGRAFO: En caso de
que la liga envíe
solamente
el
listado de deportistas
a carnetizar
sin la respectiva consignación, éstos
no
podrán
participar en el respectivo evento y será
responsabilidad de la Liga, las
consecuencias de
la no participación de sus afiliados
2.4 Para las licencias pagadas en los tres primeros meses del año, Fecodaz expedirá el carné de afiliado en un plazo de un mes, posterior al recibo de la solicitud y lo remitirá
a cada Liga para su entrega. Para afiliar deportistas que quieran participar en un torneo oficial de
la
Federación, cada
Liga deberá enviar su solicitud de afiliación por lo
menos con 8 días
calendario de anticipación a
la fecha de inicio
del
torneo. Los deportistas
que paguen
el carné después de los
tres primeros meses del año, deberán imprimir su carné en la página de Fecodaz.
Parágrafo: En caso de
pérdida del carné, debe presentarse la correspondiente denuncia, informándole a la Federación tal hecho y solicitando la expedición de uno nuevo, cuyo costo será
la mitad de la tarifa anual
vigente.
ARTÍCULO TERCERO:
OBLIGATORIEDAD
DE USO DEL CARNÉ
3.1.
La Licencia de afiliado será de obligatorio uso
para
los torneos
oficiales Fecodaz y específicamente:
- Torneos Nacionales de Menores: Sub-8 a sub-20 (incluyendo zonales)
- Torneos Nacionales: Sub-7 a sub-17
- Campeonato Nacional de Mayores y Subzonal
- Campeonato Nacional Amateur
- Campeonato Nacional Veteranos y Senior
- Campeonato Nacional Activo y Blitz
3.2. Con el
fin estimular la participación de niños en los eventos Fecodaz y reconocer el mérito a la vida y/o carrera deportiva de algunos
jugadores,
no estarán obligados a presentar carné Fecodaz en los
eventos nacionales, los
siguientes deportistas:
(Resolución No. 007 de 2012)
- Niños menores de 8 años.
- Escolares que participen en eventos Fecodaz por Equipos
- Adultos mayores de 65 años
- Deportistas que ostenten el título de Gran Maestro Internacional (GM) o Gran Maestra Internacional (WGM).
ARTÍCULO CUARTO: REPORTES DE TORNEOS AL ELO FIDE.
A partir del mes de enero de 2014, Fecodaz no reportará torneos al ELO FIDE en donde participen jugadores colombianos que no sean asociados a la Federación. Es decir, para que un torneo se pueda reportar a la FIDE todos los participantes nacionales deben tener
previamente la licencia FIDE anual paga. Será
responsabilidad de las Ligas y los árbitros el garantizarle a todos los jugadores participantes que cumplirán con esta regulación, para que el
torneo sea enviado
a FIDE.
ARTÍCULO QUINTO: INSCRIPCIÓN
DE TORNEOS IRT A LA FIDE.
De acuerdo con
regulaciones FIDE, los torneos
IRT deben inscribirse con MÍNIMO 8 días
de anticipación, para ITTs el tiempo mínimo será de un mes calendario. Para los torneos activo y blitz el mínimo tiempo será de 3 días. Las ligas
interesadas en
realizar este tipo de eventos, deben enviar sus solicitudes a Fecodaz
(correo: fecodaz@gmail.com, con copia al Coordinador
Fecodaz del ELO: AI JJ Calle: Jotaky@hotmail.com), con los días de anticipación e incluyendo
una consignación, como
anticipo de pago del procesamiento del ELO
y garantía
de seriedad, de Doscientos mil pesos ( $ 200.000) para torneos suizos Clásicos y de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000) para
torneos Round Robin Clásicos. Si el evento se realiza y el valor del
proceso del ELO es menor, se hará la correspondiente
devolución a
la Liga.
Parágrafo1: El árbitro
designado
para
estos eventos IRT, debe ser
asociado a la Federación (tener la licencia Vigente, tanto
de Fecodaz como de la FIDE) y
cumplir los requisitos en cuanto a título, exigido en la Resolución Fecodaz Nro. 048 de Marzo de 2010. Además, los árbitros de cualquier escalafón para poder ser reportados
como principales o auxiliares deberán tener
cancelada la Licencia de Arbitro de la FIDE, que para los Árbitros Nacionales y Auxiliares
tiene un costo de $60,000, esta licencia es válida mientras
que se esté activo o se cambie de
categoría FIDE, en cuyo caso se deberá
cancelar la suma especificada en el Handbook de la
Fide
Capitulo 06, numeral
6, más 10 euros
por costos administrativos.
Parágrafo 2: Todos los jugadores deberán
tener ID Fide y Licencia valida, será responsabilidad del Organizador
y del árbitro dejar participar jugadores sin esta condición. Para jugadores
nuevos el primer día del torneo el árbitro deberá
enviar al Oficial Rating Nacional el listado de
jugadores
que requieren ID, con nombres completos, fecha de nacimiento, liga, club y demás
datos necesarios. Si el torneo termina el mismo
día
de cierre de torneos
en la FIDE, ese
mismo día se deberá reportar el torneo al Oficial Rating Nacional, en caso contrario se tendrá máximo
3 días calendarios
para
reportar el torneo al
oficial nacional
de rating.
Parágrafo 3. El organizador o árbitro que incumpla esta resolución, no se le permitirá inscribir más torneos, mientras que la comisión respectiva
evalúa su caso.
ARTICULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la
fecha de su expedición y
deroga
los
apartes de las resoluciones anteriores que le sean
contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
(Original Firmado)
(Original Firmado)
LUIS PÉREZ CARRILLO
JULIO ERNESTO MEJIA G.
Presidente
Secretario General