Dirección y Arbitraje de Torneos - Publicación Elo Nacional e Internacional - Seminarios - Cursos para Arbitros - Actualidad del Ajedrez - Torneos en desarrollo - Reglamentos - Actividades FECODAZ. AI. JOSE JESUS CALLE - MANIZALES - Colombia –

27 noviembre 2009

FECODAZ: Modificación Resolución



RESOLUCIÓN Nº 39

(Noviembre 16 de 2009)

POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN 024 DE SEPTIEMBRE 28 DE 2009, CAMBIANDO LA FECHA DE LOS CAMPEONATOS NACIONALES SUB10 – SUB 14 Y SUB 18 DEL AÑO 2010, PARA REALIZARLOS DEL 15 AL 20 DE DICIEMBRE DE 2009 EN LA CIUDAD DE MEDELLÍN

El Órgano de Administración de la Federación Colombiana de Ajedrez, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que le corresponde al Órgano de Administración de la Federación Colombiana de Ajedrez, organizar y reglamentar los campeonatos oficiales en Colombia.

Que en el calendario internacional latinoamericano de fin de año se programaron los Festivales Escolares Sudamericanos sub 12-13-14, del 1 al 8 de diciembre de 2009, en la ciudad de Toja - Ecuador y el Festival Sudamericano de la Juventud, del 2 al 6 de diciembre, en la ciudad de Mendes – Brasil, eventos en donde se tendrá participación de jugadores colombianos de las categorías sub 10-14-18 y que se cruzan en fecha con los campeonatos nacionales de estas categorías, programados del 3 al 8 de diciembre en la resolución 024 de septiembre 28 de 2009.

Que es un deber de Fecodaz propiciar la participación de nuestros deportistas tanto en el calendario nacional como en el internacional.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Se modifica el artículo primero de la Resolución 024 de septiembre 28 de 2009, quedando este así:

“Los Campeonatos Nacionales Sub10 – sub14 y sub18 serán organizados por la Federación Colombina de Ajedrez – FECODAZ – con el apoyo de la Liga de Ajedrez de Antioquia y se jugarán en categoría única, en absoluto y femenino, en las modalidades estándar, activo y blitz, en la ciudad de Medellín, en la sede de la Liga de Antioquia – Parque del Ajedrez - del 15 al 20 de diciembre de 2009.”

ARTICULO SEGUNDO. El calendario de juego de la resolución 024 (artículo 3 – numeral 3) se ajusta de acuerdo con las nuevas fechas y todas las demás regulaciones quedan tal y como se establecieron en dicha resolución 024 de septiembre 28 de 2009.

ARTICULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los apartes de las anteriores que le sean contrarias

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

JORGE ENRIQUE MOLINA ZAMBRANO Presidente

JULIO ERNESTO MEJIA GONZALEZ Secretario