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07 mayo 2020

Federación Colombiana de Ajedrez. Curso para Arbitros Auxiliares Nacionales




RESOLUCIÓN No 14
Mayo 05 de 2020

Por la cual se organiza y reglamenta un CURSO ONLINE para ÀRBITROS AUXILIARES NACIONALES (AAN).

El Órgano de Administración de la Federación Colombiana de Ajedrez, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y,

CONSIDERANDO:

Que al Órgano de Administración de la Federación Colombiana de Ajedrez le corresponde reglamentar los cursos para árbitros.

Que se hace necesario incentivar la capacitación y la formación de árbitros de ajedrez, actualizándolos en las normas vigentes, para obtener una correcta interpretación y aplicación del Reglamento Internacional de Ajedrez y demás normas de la Fide.

Que debido a la situación de la Pandemia del COVID-19 y ante la imposibilidad de realizar los cursos  de  manera  presencial  la  Federación  ha  programado  la  realización  de  los  cursos virtuales.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DE LA SEDE, FECHA Y PARTICIPANTES


1.1 Organizar un curso virtual para Árbitros Auxiliares Nacionales, el cual se realizará a través de la Plataforma Zoom, los días 22, 25,27,29 y 30 de mayo del presente año.

1.2. Podrán participar los ciudadanos colombianos o personas residentes en Colombia relacionadas con la gestión del ajedrez nacional, interesados en el conocimiento de las reglas del Ajedrez y su aplicación en las competencias, que estén afiliados a una Liga reconocida por FECODAZ, condición que se acreditará con la presentación del carné de FECODAZ vigente y que hayan oficiado como árbitros locales en sus respectivas Ligas.

1.3. Los aspirantes deben tener el Aval de su respectiva Liga.


ARTICULO SEGUNDO:   COSTOS Y REQUISITOS

2.1. El aspirante debe ser mayor de 18 años. Jugadores menores de 18 años podrán participar, pero su acreditación como AAN sólo se da al cumplimiento de la mayoría de edad.

2.2 Saber jugar ajedrez


 
2.3 Tener experiencia como árbitro en las competencias de la Liga.

2.4 Tener conocimientos básicos del manejo del computador, archivos de Excel y manejo del correo electrónico.

2.5 Ser propuesto por una Liga de Ajedrez afiliada a FECODAZ, con Reconocimiento Deportivo vigente y al día por todo concepto.

2.6 El curso debe reunir una participación máxima de 20 y mínima de 10 participantes.

2.7 FECODAZ suministrará el Código de ingreso a la Plataforma a los aspirantes que hayan cancelado la inscripción.

2.8 El curso tendrá un costo de $80.000, por aspirante.

2.9 Los pagos se realizarán antes del inicio del curso a la cuenta oficial de la Federación Colombiana de Ajedrez No. 049036147-44 cuenta de ahorros, Bancolombia. Ningún aspirante podrá participar sin cancelar el valor del curso antes del inicio del mismo.

2.10  Efectuada la cancelación del  curso  con el cumpliendo  de todos los  requisitos antes mencionados, debe enviarse los soportes al correo institucional  fecodaz@gmail.com, con lo cual la  Federación enviara un link de la plataforma Zoom , para ingresar en los días y horarios establecidos.


ARTÍCULO TERCERO:   DURACION Y EVALUACIÓN

3.1. El Curso tendrá una duración de 20 Horas. (5 clases de 4 horas cada una.), los días 22,
25,27.29 y 30 de mayo, en el horario comprendido de 4: 00 p.m. a 8:00 p.m.

3.2. Evaluación. Los participantes que en la evaluación final del curso obtengan el 80% y cumplan las demás normas exigidas por Fecodaz, se les otorgará el certificado de Arbitro auxiliar Nacional.

PARÁGRAFO 1: El instructor del Curso, elaborará su informe relacionando los participantes con nombres y apellidos completos, indicando: documento de Identidad; Club y Liga a la que pertenece el alumno, el porcentaje obtenido e intensidad horaria del curso.

3.3 La Federación, expedirá la resolución correspondiente otorgando los títulos de Árbitros Auxiliares Nacionales y su inscripción en el Registro Nacional de Árbitros de FECODAZ. A cada uno de los titulados la Federación le otorgará el Diploma que lo acredita como Arbitro Auxiliar Nacional, los cuales serán enviados a cada liga para su entrega.

 

 ARTÍCULO QUINTO: INSTRUCTOR Y COORDINACN

El  curso  será  dictado  por  el  Árbitro  Internacional  José  Jesús  Calle,  Fide  Officer  Rating Colombia, con la coordinación de la Federación Colombiana de Ajedrez.

ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los apartes de las resoluciones anteriores que le sean contrarios.

COMUNÍQUESE Y MPLASE



    (Original firmado)                                                              (Original firmado)
LUIS PÉREZ CARRILLO                                                   JULIO ERNESTO MEJIA G.
        Presidente                                                                       Secretario General