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19 diciembre 2018

Federación Colombiana de Ajedrez


RESOLUCIÓN Nro. 036
(Diciembre 12 de 2018)

Por la cual se establecen las tarifas de la Licencia FIDE y el Registro de Torneos ante la FIDE para el año 2019.

El Órgano de Administración de la Federación Colombiana de Ajedrez, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y,

CONSIDERANDO:


Que mediante la Resoluciones No. 067 de 2013 se establecieron los requisitos necesarios para la expedición de la Licencia Fide (carnetización) de deportistas, dirigentes, árbitros, miembros de comisiones, entrenadores, instructores y demás personal adscrito a las diferentes actividades de Fecodaz.

Que es necesaria la actualización de las tarifas para el pago de la licencia FIDE y/o la expedición del carné Fecodaz para deportistas y demás personal vinculado a Fecodaz, para la vigencia 2019.

Que, a la Federación Colombiana de Ajedrez, en el marco de su organización, le corresponde ordenar y reglamentar la debida identificación de todos sus afiliados

RESUELVE:

  
ARTÍCULO PRIMERO:    DE LA VIGENCIA Y COSTOS DE EXPEDICIÓN



1.1 En armonía con la Resolución 067 de 2013, la nueva vigencia de la carnetización que expedirá la Federación Colombiana de Ajedrez es de cuatro (4) años, por lo cual se expedirán nuevos carnés físicos para los asociados para la vigencia 2018 2021 y anualmente solo deberá actualizarse la licencia FIDE, con el pago de la tarifa del año correspondiente.


1.2 La actualización de la Licencia Fide y/o la expedición de carnés para nuevos afiliados, para la vigencia 2019 tendrá un costo individual de treinta seis mil pesos m/cte. ($ 36.000) para los carnés solicitados y cancelados antes del 28 de febrero de 2019. Para los pagos posteriores a esta fecha el costo será de cincuenta mil pesos m/cte. ($50.000). Este valor deberá ser cancelado a la respectiva Liga a la cual pertenece el Club cuyo deportista este afiliado y consignado, por la Liga, en la cuenta de Fecodaz (Cuenta de Ahorros Bancolombia 04903614744). De este valor le corresponderán a cada Liga el 30% (del valor neto consignado) por su gestión.


1.3. El costo de la Licencia Fide y/o la expedición del carné para deportistas entre ocho y diez años, que cumplan la edad límite de 10 años en el 2019, será de diez y ocho mil pesos m/cte. ($20.000).


PARÁGRAFO 1:  De conformidad con la orden impartida por la Asamblea General Ordinaria de Ligas
2018, a partir del 1 de enero de 2019 no se aceptará la participación de deportistas en eventos oficiales Fecodaz con el pago de multa en remplazo del carné Fecodaz vigente, es decir, en los eventos oficiales Fecodaz  a  partir  del  2019  solo  podrán  participar  los  jugadores  que  acrediten  su  afiliación  a  la Federación Colombiana de Ajedrez mediante su carné oficial.


PARÁGRAFO 2: Fecodaz no dará certificaciones ni avales a eventos nacionales o internacionales a jugadores u otras personas que no tengan el carné Fecodaz.


ARTÍCULO SEGUNDO: VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN N° 067 DE 2013

Se mantiene la vigencia de la resolución 067 de 2013 en los puntos que no sean modificados por la presente resolución, en temas como metodología de inscripción, obligatoriedad de uso del carné, reportes de torneos al Elo Fide e Inscripción de torneos IRT a la Fide.

Se recuerdan algunos temas presentados en dicha resolución:

No   obligatoriedad   de   presentar   carné   Fecodaz   en   los   eventos nacionales
(deportistas exentos):

Niños menores de 8 años Escolares que participen en eventos Fecodaz por equipos
Adultos mayores de 65 años. Deportistas que ostenten el título de Gran Maestro Internacional (GM) o Gran Maestra Internacional (WGM).

INSCRIPCN DE TORNEOS IRT A LA FIDE: De acuerdo con regulaciones FIDE, los torneos IRT deben inscribirse con MÍNIMO 15 días de anticipación, para ITTs el mínimo será de 35 días. Para torneos activos y Blitz el tiempo mínimo será de 8 días. Las ligas interesadas en realizar este tipo de eventos deben enviar sus solicitudes a Fecodaz (correo: fecodaz@gmail.com, con copia al Coordinador Fecodaz del ELO:       AI            JJ            Calle: jotaky@hotmail.com),incluyendo una consignación, como anticipo de pago del procesamiento del ELO y garantía de seriedad, de doscientos mil pesos ($ 200.000) para torneos suizos clásicos y/o IRT con premiación mayor o igual de dos millones de pesos ($ 2000.000) y de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000) para torneos Round Robin clásicos y/o IRT con premiación menor de dos millones de pesos ($ 2000.000). Si el evento se realiza y el valor del proceso del ELO es menor, se hará la correspondiente devolución a la Liga.


ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los apartes de las resoluciones anteriores que le sean contrarias.


COMUNÍQUESE Y MPLASE
    
(Original Firmado)                                                        (Original Firmado)
LUIS PERÉZ CARRILLO                                         JULIO ERNESTO MEJIA G
Presidente                                                                        Secretario General