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08 agosto 2018

Federacion Colombiana de Ajedrez


CIRCULAR No. 029 DE 2018


(agosto 01 de 2018)

Para: Ligas de ajedrez



INFORMACIÓN GENERAL

La Federación Colombiana de Ajedrez se permite recordar a las ligas que tienen deudas pendientes con la Federación y el reconocimiento deportivo vencido, que los estatutos vigentes de la Federación contemplan en su artículo 13 Suspensión de la Afiliación Los Afiliados podrán ser sancionados con la suspensión de sus derechos de afiliación por una os de las siguientes causales: Por incumplimiento en el pago oportuno de sus compromisos económicos para con la Federación   y   vencimiento,   suspensión   o   cancelación,   del   reconocimiento deportivo, en cuyos casos la sanción es automática y no requiere ser conocida por la Comisn Disciplinaria.”


Igualmente, que es deber de las Ligas, de conformidad con el Capítulo IV, artículo
16 de los estatutos, cumplir estrictamente las disposiciones legales, estatutarias y reglamentarias, a como las disposiciones de COLDEPORTES y Comité Olímpico Colombiano.

Teniendo en cuenta que, al cierre contable de junio 30 de 2018, aparecen varias Ligas con deudas y reconocimientos vencidos y no obstante ser suspensión automática,  solicitamos  ponerse  a  paz  y  salvo  con  la  Federación  por  todo concepto a s tardar el 30 de agosto del presento año.

Asimismo, aclarar el estado actual respecto a los trámites de la renovación del reconocimiento deportivo, por lo tanto, solicitamos el cumplimiento de lo expuesto para evitar la aplicación del artículo 13 de los estatutos referente a las suspensiones.


Atentamente,

COMITÉ EJECUTIVO FECODAZ



(Original Firmado)                                  (Original Firmado)
LUIS PEREZ CARRILLO                     JULIO ERNESTO MEJÍ
Presidente                                                Secretario General