RESOLUCION NRO. 049
( Octubre 21 de 17 )
Por medio de la cual se reglamenta y autoriza un curso para árbitros nacionales auxiliares,
año 2017
El Órgano de Administración de la Federación Colombiana de Ajedrez, en uso de sus atribuciones
legales y estatutarias, y,
CONSIDERANDO:
Que a la Federación Colombiana de Ajedrez
le
corresponde reglamentar los cursos para árbitros
nacionales
auxiliares.
Que se hace necesario formar y fortalecer personal humano idóneo para el juzgamiento del Ajedrez en Colombia.
Que la Liga de Ajedrez
de Caquetá solicitó la autorización para organizar una capacitación para árbitros nacionales
auxiliares.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Autorizar a la Liga de Ajedrez
de Caquetá la realización de una capacitación para árbitros nacionales auxiliares
durante el periodo comprendido del 13 al 15 de noviembre de 2017, el
cual se llevará a cabo en la ciudad de Florencia, en la sede de la Liga (estadio Alberto Buitrago Hoyos).
PARÁGRAFO: Podrán participar en este
curso todos los
ciudadanos Colombianos interesados en
el juzgamiento de ajedrez, que cuenten con experiencia mínima en
arbitraje en torneos
departamentales.
ARTICULO SEGUNDO: COSTOS Y REQUISITOS.
2.1. El curso tendrá un
costo de $25.000 para Caqueteños y de $50.000 para los
fuera del departamento.
2.2. Los pagos en efectivo, se realizarán antes del
inicio del curso en la Tesorería
de la
Liga.
2.3. Ningún aspirante podrá participar sin cancelar el valor del curso antes del inicio del mismo
2.4. No se aceptan cuentas de cobro
2.5. El curso debe reunir una participación mínima de 10 aspirantes y máximo de 25 participantes.
2.6. Es importante traer computador portátil, ya que
el curso será teórico-práctico. (Mínimo 1
computador por
cada dos alumnos).
2.7. Los costos de transporte, alojamiento y alimentación correrán por cuenta de cada participante.
ARTICULO TERCERO: DURACION
Y TEMAS.
3.1. El Curso tendrá una duración de 30
Horas, de las cuales 15 serán teóricas y 15 prácticas
3.2. Evaluación
teórica- practica: Evaluación sumativa. (Equivale al 50%)
3.3. Cronograma: Lunes 13 a miércoles
15
de noviembre 7:00 am 12:00 m a 1:30 a 6:30 pm
TEMAS DEL
CURSO:
Primera Clase:
ASPECTOS GENERALES DEL
AJEDREZ,
Definición:
Arbitro. Sistemas de Competición. Elo
(como reportar torneos).
Reglas de
Torneos FIDE. Modelo Cuadros.
Segunda Clase:
Explicación elaboración Fixture Todos contra Todos, y explicación Pareos Manuales SISTEMA SUIZO.
Tercera Clase:
PAREOS ELECTRONICOS SISTEMA SUIZO Explicación personalizada Manejo programa Swiss
Manager (programa oficial
de la
FIDE y FECODAZ)
Cuarta Clase:
Reglamento Internacional de Ajedrez FIDE. Análisis Nuevo Reglamento Vigente desde 1 de julio
2017
Artículos principales: Casos
prácticos. Típicos
casos conflictivos
Quinta Clase y Sexta sesión:
Evaluaciones
supervisadas por un Delegado de la Federación Colombiana de Ajedrez.
ARTICULO CUARTO: Los participantes que en la evaluación final del curso obtengan el 80% y
cumplan las demás normas
exigidas por Fecodaz, se les otorgará el certificado
de Arbitro auxiliar.
ARTICULO QUINTO: La Liga organizadora
expedirá un Certificado de Asistencia
al Curso,
firmado por el Presidente de la Liga y el conferencista, en donde se indique la intensidad horaria y
el porcentaje alcanzado
por el alumno.
Parágrafo 1: El orientador del Curso, elaborará
un
informe relacionando con los participantes con nombres y apellidos
completos,
indicando:
documento
de Identidad;
Club y Liga a la que pertenece el estudiante, el porcentaje obtenido e intensidad
horaria
del curso.
Parágrafo 2: El Instructor enviará a
Fecodaz su concepto sobre los alumnos que obtengan el 80% o más.
ARTICULO SEXTO: La Federación, teniendo en cuenta la información indicada en el artículo
anterior
con sus
parágrafos, expedirá la
resolución
correspondiente otorgando
los
correspondientes diplomas
de participación.
ARTÍCULO SÉPTIMO: El curso será orientado
por
el Árbitro Internacional José de Jesús Calle.
ARTICULO OCTAVO: La coordinación del curso estará a cargo de Jhon Harol Remicio Duque Presidente de la Liga de Ajedrez de Caquetá
ARTICULO NOVENO: Todos los aspectos referentes a los costos de los instructores (Honorarios,
transportes, alojamiento y alimentación) estarán a cargo de la Liga Organizadora al igual que los
elementos necesarios
para
el desarrollo del
curso.
ARTICULO DÉCIMO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga
los apartes de las resoluciones anteriores que le sean contrarias.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
FIRMADO
LUIS RAMON PEREZ CARRILLO JULIO ERNESTO MEJIA G.
Representante Legal FECODAZ Secretario General