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25 septiembre 2017

CARTA ABIERTA A LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE AJEDREZ



Cartago,  septiembre 15 del 2017

Señores:
Federación Colombiana de Ajedrez
Fecodaz.
Bogotá D.C.


Ref. Solicitud de Reglamentación de Condiciones Mínimas para la Realización de Torneos Nacionales, IRT o avalados por la Federación o Ligas de Ajedrez Departamentales.


Con la presente los abajo firmantes, Padres de Familia, Dirigentes y Deportistas del Ajedrez del Eje Cafetero, presentamos una solicitud formal para que la Federación Nacional de Ajedrez, como máximo ente rector del deporte del ajedrez en Colombia, proceda a reglamentar las CONDICIONES MÍNIMAS que deberán acatar las Ligas, Clubes y entidades Representantes de la misma Federación Nacional, para la realización de torneos nacionales, departamentales o IRT, en las distintas modalidades y categorías, que se realicen en el territorio colombiano.


I.             HECHOS Y ANTECEDENTES

En la ciudad de Armenia se realizó el pasado 9 y 10 de septiembre el Festival Nacional de Ajedrez Rápido y Blitz de Menores 2017, Categorías Sub-8 a Sub-18, Ramas Absoluta y Femenina; este torneo estaba reglamentado por la Resolución 039 del 8 de agosto de 2017, expedida por la Federación Nacional de Ajedrez.


La Resolución 039, que pretendía organizar y reglamentar dicho torneo, establecía las siguientes condiciones: la sede, fecha y participantes, las categorías de juego, las inscripciones, reglamento específico de juego, la premiación y derechos, calendario de juego, la organización y autoridades.

A pesar de la reglamentación, el torneo resultó un tremendo fracaso por parte de la organización del torneo y, ante esto, sentamos una fuerte protesta y reclamo porque nos sentimos vulnerados en nuestros derechos y, en especial, el de los menores que participaron en este torneo.

En el evento había representantes de la Federación Nacional, como es el Secretario de Fecodaz, por lo tanto, el sin número de dificultades que tuvimos que afrontar acompañantes, entrenadores y jugadores en general, deben ser ya conocidas por esa entidad. Aun así, mencionamos, entre otras, las siguientes:

·        Retraso exagerado en el inicio de la rondas; la primera ronda programada para las 10 de a.m. del día sábado inició después de las 2:30 p.m., se esperó medio día, algunas delegaciones llegamos al sitio de juego desde las 8:00 a.m., para que se dijera que las partidas empezaban a las 2:00 en punto, lo cual tampoco sucedió.

·        Se presentaron en el sitio de juego delegaciones que no habían realizado la inscripción previa de sus jugadores como lo establecía la Resolución Reglamentaria, contribuyendo al retraso del inicio del torneo y vulnerando los derechos de quienes cumplidamente habíamos realizado la inscripción oportuna.

·        Fue evidente que la parte técnica y arbitral no tuvo la experticia para la realización de un evento de esta magnitud y el dominio del software para los pareos y publicación en chess-results. Los árbitros auxiliares, en general, tampoco mostraban idoneidad para cumplir con su labor.

·        El sitio de juego escogido por la organización se ubicó en un quinto piso, no teniendo en cuenta que era un evento para menores y generando riesgos para los niños, niñas y jóvenes del evento; igualmente, para sus acompañantes y entrenadores que no contaban con un especio para su ubicación y tuvieron que permanecer sentados en las escalas y corredores de la edificación.

·        La sede del evento se encontraba alejada de la zona hotelera y de restaurantes de la ciudad de Armenia, algunas delegaciones se trasladaron al municipio de Circasia para su alojamiento, pues resultaba más cerca que desplazarse hacia el centro de la ciudad.

·        Finalmente, al cúmulo de dificultades y peripecias que tuvimos que afrontar quienes asistimos al torneo Festival de Menores, hay que agregar que el torneo no podrá ser reportado para el ELO Fide, pues se cometieron numerosos errores por la parte arbitral como es la no correcta asignación de ELO a los jugadores, que en muchos casos aparecieron con ELO Clásico y NO el correspondiente de Activo o Blitz.


II.           PETICIONES

Expresamente, solicitamos que la Federación Colombiana de Ajedrez, FECODAZ, reglamente, en forma general,  los torneos que se realicen avalados por las entidades rectoras del ajedrez en Colombia, para que reúnan las siguientes condiciones mínimas:

1)   Que la resolución, específica, que reglamente todo torneo a realizar se expedida como mínimo un mes antes de la realización del evento y sea ampliamente difundida a las Ligas,  Clubes, Directivos y Deportistas del país.

2)   Que la resolución que reglamente el torneo sea de obligatorio cumplimiento, tanto para los participantes como para los organizadores del evento; los cambios que se hagan arbitrariamente en la realización del torneo serán objeto de queja y reclamo ante la Federación Nacional, dando lugar a las respectivas sanciones a los responsables del torneo; esto implica el respeto a los horarios establecidos, modalidades y tiempos de juego y demás condiciones establecidas para cada torneo específico.

3)   Los organizadores del evento deberán suscribir una carta de compromiso ante la Federación para garantizar el cumplimiento a cabalidad de las condiciones del torneo; su incumplimiento dará lugar a sanciones mínimas de un año y, gradualmente, de dos a cinco años según la magnitud del incumplimiento y desacato a los reglamentos establecidos.

4)   Los organizadores deberán acreditar que la dirección técnica estará a cargo de árbitros titulados y de reconocida idoneidad, esto debe aplicar para el árbitro principal y para los auxiliares; así mismo, se deberá disponer de los recursos tecnológicos suficientes para realizar su labor, como equipos de cómputo, conexión a internet,  software para los pareos y su publicación en chess-results.

5)   El sitio de realización del evento deberá garantizar la comodidad de los deportistas participantes, así como espacios adecuados para los acompañantes, entrenadores, padres de los ajedrecistas y público en general.

6)   El sitio de juego deberá ser de fácil acceso, adecuada iluminación, ventilación y condiciones técnicas mínimas para el buen desempeño de los ajedrecistas; además, deberá estar cerca de las zonas hoteleras y de restaurantes con el fin de disminuir costos e incomodidades a todos los participantes.

En resumen, la Reglamentación Mínima para la Realización de Torneos en Colombia deberá contemplar exigencias en cuanto al respeto y acatamiento a las resoluciones reglamentarias de los torneos, idoneidad de los organizadores de los eventos, capacidad y experiencia de la parte arbitral, condiciones ambientales mínimas de los sitios de realización de los eventos y accesibilidad a los mismos.

Consideramos que esta solicitud contribuirá a evitar que se vuelvan a repetir hechos tan deplorables y lamentables, como lo sucedido en el pasado torneo Festival Nacional de Ajedrez de Menores 2017, realizado en la ciudad de Armenia.

La solicitud formulada en el presente documento se ampara en el Derecho de Petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Nacional y reglamentado mediante el artículo 14 de la Ley 1755 de 2015.

Esperamos un oportuno pronunciamiento por parte de la Federación con el fin de contribuir a la dignificación y profesionalización del ajedrez en Colombia


Atentamente,




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