(Abril 1
de 2013)
Por medio de la cual se reglamenta y autoriza un curso
para Árbitros Auxiliares Nacionales de Ajedrez
año 2013
El Órgano de
Administración de la Federación Colombiana de Ajedrez, en uso de sus
atribuciones legales y estatutarias, y,
CONSIDERANDO:
Que a la Federación Colombiana de
Ajedrez le corresponde reglamentar los cursos para árbitros.
Que se hace
necesario incentivar la capacitación y la formación de árbitros de ajedrez,
actualizándolos en las normas vigentes, para obtener una correcta interpretación y aplicación del
Reglamento Internacional de Ajedrez y demás normas de la Fide.
Que la Liga de Ajedrez de Santander solicitó
la autorización para organizar un curso para Árbitros Auxiliares Nacionales.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Autorizar a la
Liga Santandereana de Ajedrez la realización de
un Curso para Árbitros Auxiliares Nacionales, durante el periodo
comprendido del 11 al 14 de abril de 2013, el cual se llevará a cabo en la
ciudad de Bucaramanga, en la sede de la Liga.
PARÁGRAFO: Podrán participar en
este curso todos los ciudadanos colombianos interesados en la
reglamentación del ajedrez, que sepan
jugar ajedrez y que hayan oficiado como árbitros locales en sus respectivas Ligas.
Este curso es el paso inicial para la acreditación de árbitros nacionales
FECODAZ y árbitros FIDE.
ARTICULO SEGUNDO: COSTOS Y
REQUISITOS
2.1. El aspirante debe ser mayor
de 18 años,
2.2. El curso
tendrá un costo de $70.000, por aspirante.
2.3. Los pagos en
efectivo, se realizarán antes del inicio del curso en la Tesorería de la
Liga.
2.4. Ningún aspirante
podrá participar sin cancelar el valor del curso antes del inicio del mismo 2.5. No se aceptan cuentas de cobro
2.6. El 25% de las
inscripciones será destinado para el fondo de Fecodaz y deberá ser consignado en la cuenta de la Federación al finalizar el
curso.
2.7 El curso debe reunir una
participación mínima de 10 aspirantes y máxima de 20 participantes. 2.8.
Es importante traer computador portátil, ya que el curso será totalmente
práctico con ejercicios directos en el computador. (Mínimo 1 computador por
cada dos alumnos).
2.9. Los
aspirantes deben tener el aval de la Liga y/o Club al que pertenecen,
debidamente constituido, haciendo constar la experiencia como árbitro local.
2.10. Los
costos de transporte, alojamiento y alimentación correrán por cuenta de cada
participante.
ARTICULO TERCERO: DURACION Y TEMAS.
3.1. El Curso tendrá una duración de 30 Horas, de
las cuales 20 serán teóricas y 10 prácticas
3.2. Evaluación teórica:
10 preguntas. Respuesta correcta se califica con 5 puntos.
(Equivale al 50%)
3.3. Evaluación practica: Un ejercicio que tendrá un valor de 25 puntos (equivale al 25%)
3.4. Solución problemas: Consta de 5 ejercicios. Cada uno tiene un valor de 5 puntos
(Equivalente al 25%)
3.5. Cronograma
CRONOGRAMA
CURSO DE ARBITROS DE SANTANDER
|
||||
HORARIOS
DE TEMAS TEORICOS
|
||||
SECCION
|
TEMAS
|
FECHA
|
HORARIO
|
DURACION
|
PRIMERA
|
Aspectos Generales del Ajedrez.
|
11/04/2013
|
08:00
am
|
2
HORAS
|
El Árbitro de Ajedrez, su ética
y sus funciones.
|
||||
Sistemas
de competición
Reporte torneos: ELO FECODAZ – ELO FIDE (Manejo de formatos
- modelo)
Cuadros de
torneos
|
||||
SEGUNDA
|
Elaboración
fixture –Todos contra todos (Round Robin)
|
11/04/2013
|
10:00
am
|
2
HORAS
|
Pareos
manuales Sistema Suizo (Reglas básicas) Elaboración Pareos con Tarjetas.
|
||||
TERCERA
|
Pareos
electrónicos Sistema Suizo – Manejo Swiss-Manager
|
11/04/2013
|
2:00PM
|
4
HORAS
|
Leyes
del Ajedrez de la Fide
Análisis
casos conflictivos y como resolverlos
Reglas
Especiales para Ajedrez Activo y Blitz
|
||||
CUARTA
|
Leyes del
Ajedrez de la Fide
|
12/04/2013
|
08:00
am
|
4
HORAS
|
Análisis
casos conflictivos y como resolverlos
|
||||
Reglas
Especiales para Ajedrez Activo y Blitz
|
||||
TIPOS
DE TORNEO AVALADOS POR LA FIDE
Torneos
que dan normas y Elo
|
||||
Sistema
Round Robin
|
||||
QUINTA
|
SISTEMA
SUIZO
|
12/04/2013
|
02:00
pm
|
4
HORAS
|
Generalidades
|
||||
Conceptos
y reglas técnicas en la organización de los enfrentamientos
|
||||
SISTEMAS
DE DESEMPATE
|
||||
SEXTA
|
Actualización
de Conceptos en el Arbitraje Colombiano
Desarrollo
de foro sobre cuestiones prácticas.
|
13/04/2013
|
08:00
am
|
6
HORAS
|
SEPTIMA
|
Practica
manejo Swiss-Manager.
|
14/04/2013
|
08:00
pm
|
6
HORAS
|
EVALUACION
FINAL
|
14/04/2013
|
04:00
pm
|
2
HORAS
|
ARTICULO CUARTO: Los participantes que en la evaluación final del curso obtengan el 80% o
más y cumplan las demás normas exigidas por Fecodaz, se les otorgará el titulo
de Árbitro Auxiliar Nacional.
ARTICULO QUINTO: La Liga
organizadora expedirá un Certificado de Asistencia al Curso, firmado por el
Presidente de la Liga y el instructor, en donde se indique la intensidad
horaria y el porcentaje alcanzado por el alumno.
PARÁGRAFO 1: El instructor del Curso,
elaborará su informe relacionando los participantes con nombres y apellidos
completos, indicando: documento de Identidad; Club y Liga a la que pertenece el
alumno, el porcentaje obtenido e
intensidad horaria del curso.
PARAGRAFO 2: El Instructor enviará a Fecodaz su concepto sobre los alumnos que obtengan el
80% o más, en donde se indique: Dinamismo para el manejo de grupos, cualidades
personales y profesionales, aspectos de relaciones humanas y sus conocimientos
básicos en el manejo de computador.
ARTICULO SEXTO: La Federación,
teniendo en cuenta la información indicada en el artículo anterior con sus
parágrafos, expedirá la resolución correspondiente otorgando los títulos de
Árbitros Auxiliares Nacionales e inscripción en el Registro Nacional de Árbitros de Fecodaz, de conformidad con las Resoluciones Nos. 048 y 065 de 2010
ARTICULO SEPTIMO: El curso será dictado por el Árbitro Internacional JOSE
JESUS CALLE.
ARTICULO OCTAVO:. La coordinación
del curso estará a cargo de la Doctora FRANCISCA
OLIVEROS Presidente de la Liga Santandereana de Ajedrez.
ARTICULO NOVENO: Todos los aspectos referentes a los costos de los
instructores (Honorarios, transportes, alojamiento y alimentación) estarán a
cargo de la Liga Organizadora al igual que los elementos necesarios para el
desarrollo del curso.
ARTICULO DECIMO: La presente
resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los apartes de las resoluciones anteriores que le sean contrarios.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
(Fdo ) (Fdo.)
LUIS PÉREZ CARRILLO JULIO ERNESTO MEJIA G.
Presidente
Secretario General