RESOLUCIÓN No. 034
(Junio 07 de 2012)
Por la cual se designa la
delegación de Colombia al VIII Campeonato Sudamericano Sub 20 Absoluto y
Femenino 2012 a realizarse en Asunción, Paraguay.
El Órgano de Administración de la
Federación Colombiana de Ajedrez, en uso de sus facultades legales, estatutarias
y,
CONSIDERANDO:
La Confederación de Ajedrez para
América y la Federación Paraguaya de Ajedrez han invitado a la Federación
Colombiana de Ajedrez a participar en el VIII Campeonato Sudamericano Sub 20
Absoluto y Femenino 2012 que se realizará en la ciudad de Asunción, Paraguay,
del 15 al 22 de Junio de 2012.
Que la Federación, realizó con el
apoyo de la Liga de Ajedrez de Bogotá el Campeonato Nacional Sub-20, con el fin
de seleccionar los deportistas que representaran a Colombia en este evento.
Que corresponde al Órgano de
Administración de FECODAZ seleccionar y enviar los deportistas y demás personal
técnico que conforman la delegación al mencionado evento y a su vez avalar otros
deportistas.
RESUELVE
ARTICULO 1º. Nombrar oficialmente los deportistas y entrenadores
que conforman la delegación de Colombia al Sudamericano Sub-20-2012, a
realizarse del 15 al 22 Junio, en la ciudad de Asunción-
Paraguay.
DELEGACION
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No.
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NOMBRES Y APELLIDOS
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DOCUMENTO DE
IDENTIDAD
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CARGO EN LA
DELEGACIÓN
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FECHA SALIDA DEL
PAÍS
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CIUDAD SALIDA DEL
PAÍS
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1
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ADRIANA PACHON
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T.I 96042903750
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DEPORTISTA
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13-Jun-12
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BOGOTA
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2
|
CAMILO TORRES
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C.C. 1.054.558.692
|
DEPORTISTA
|
13-Jun-12
|
BOGOTA
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3
|
JOSHUA RUIZ
|
T.I 97070807142
|
DEPORTISTA
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13-Jun-12
|
BOGOTA
|
4
|
MARTIN MARTINEZ
|
T.I 95010214468
|
DEPORTISTA
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13-Jun-12
|
BOGOTA
|
5
|
JAIRO ANDRES HERNANDEZ
|
T.I 95011701761
|
DEPORTISTA
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13-Jun-12
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BOGOTA
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6
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ANDRES H ROJAS B
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C.C 79. 747 354
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ENTRENADOR
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13-Jun-12
|
BOGOTA
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ARTICULO 2º. Jugadores oficiales. Los jugadores Adriana Pachón y
Camilo Torres serán los jugadores oficiales de Colombia y tendrán cubiertos sus
gastos de alojamiento y alimentación en el evento. Los demás participantes serán
considerados extras y deberán cubrirse todos sus gastos de participación.
ARTÍCULO 3º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y deroga las que le sean contrarias.
FDO.
LUIS
PÉREZ CARRILLO JULIO ERNESTO MEJÍA G.
Presidente Secretario General